La adopción es un proceso legal que permite a una persona o pareja formar una familia con un niño que no puede ser criado por sus padres biológicos. En Chile, el proceso de adopción está regulado por la Ley N° 19.620 sobre Adopción de Menores. Este proceso busca asegurar el bienestar del niño y encontrar un hogar adecuado para su desarrollo integral. En Solis Lobos Abogados, queremos proporcionarte una guía completa sobre cómo funciona la adopción en Chile.

- ¿Quiénes pueden adoptar en Chile?
Según la legislación chilena, pueden adoptar:
Matrimonios chilenos o extranjeros residentes en Chile: Deben haber estado casados por al menos dos años, salvo que ambos sean mayores de 30 años.
Personas solteras, viudas o divorciadas: Deben tener al menos 25 años de edad y ser al menos 20 años mayores que el adoptado.
Extranjeros no residentes en Chile: Pueden adoptar solo en casos excepcionales, cuando no haya familias chilenas disponibles para adoptar al niño.
- ¿Quiénes pueden ser adoptados?
Pueden ser adoptados:
Niños y niñas declarados susceptibles de adopción: Según la ley chilena, un menor es susceptible de adopción si ha sido declarado judicialmente en situación de adoptabilidad, lo cual ocurre cuando los padres biológicos han fallecido, han sido privados de la patria potestad o han consentido en la adopción.
Niños y niñas cuya adopción sea solicitada directamente por parientes dentro del tercer grado de consanguinidad.
- El proceso de adopción en Chile
El proceso de adopción en Chile consta de varias etapas, cada una diseñada para asegurar el bienestar del niño y la idoneidad de los adoptantes:
Postulación y Evaluación:
Solicitud de adopción: Los interesados deben presentar una solicitud ante el Servicio Nacional de Menores (SENAME) o una institución autorizada de adopción.
Evaluación psicosocial: Los solicitantes son sometidos a una evaluación psicosocial y psicológica para determinar su idoneidad. Esto incluye entrevistas, visitas domiciliarias y otros estudios necesarios.
Aprobación: Si los solicitantes son considerados idóneos, se les incluye en el Registro Nacional de Adoptantes.
Asignación del menor:
Selección del menor: SENAME o la institución autorizada propone un menor para adopción, considerando el interés superior del niño y la compatibilidad con los adoptantes.
Periodo de convivencia preadoptiva: Se establece un periodo de convivencia entre el niño y los adoptantes para evaluar la adaptación mutua. Este periodo es supervisado por profesionales.
Proceso Judicial:
Presentación de la demanda de adopción: Los adoptantes deben presentar una demanda de adopción ante el Tribunal de Familia correspondiente.
Audiencia: El juez revisa el caso, escucha a los adoptantes y, en algunos casos, al niño si tiene la capacidad de expresar su opinión.
Sentencia de adopción: Si el juez aprueba la adopción, emite una sentencia que establece la nueva relación jurídica entre los adoptantes y el niño.
Inscripción y Derechos del Niño Adoptado:
Inscripción en el Registro Civil: La sentencia de adopción debe inscribirse en el Registro Civil, lo que le otorga al niño adoptado los mismos derechos y deberes que un hijo biológico.
Derechos del niño: El niño adoptado tiene derecho a mantener su identidad, a conocer su origen biológico cuando sea mayor de edad y a recibir el cuidado y la educación necesarios para su desarrollo.
- Adopción Internacional
La adopción internacional es permitida en Chile, pero está sujeta a estrictas regulaciones y solo se considera cuando no hay familias chilenas disponibles para adoptar. Los adoptantes internacionales deben cumplir con los requisitos legales de Chile y de su país de origen, y el proceso es supervisado por autoridades competentes para asegurar el bienestar del niño.
- Consecuencias Legales de la Adopción
La adopción tiene varias consecuencias legales importantes:
Establecimiento de una nueva relación filial: La adopción crea una nueva relación de parentesco entre el niño y los adoptantes, con todos los derechos y deberes que ello implica.
Cambio de apellido: El niño adoptado recibe los apellidos de los adoptantes.
Derechos hereditarios: El niño adoptado tiene los mismos derechos hereditarios que un hijo biológico.
Acceso a la información biológica: A partir de los 18 años, el niño adoptado tiene derecho a acceder a información sobre su origen biológico.
Conclusión
La adopción es un acto de amor y compromiso que brinda a los niños una nueva oportunidad de crecer en un ambiente familiar estable y amoroso. En Solis Lobos Abogados estamos aquí para guiarte a través de cada paso del proceso de adopción en Chile, asegurando que se cumplan todos los requisitos legales y que se respete el interés superior del niño. No dudes en contactarnos para una consulta personalizada y obtener el apoyo que necesitas para formar tu nueva familia.
Excelente información